MODELOS DEMOCRATICOS
El modelo democrático español
A lo largo de la historia hemos constatado que la democracia es el menos malo de los sistemas de gobierno. El rumbo de la sociedad en las democracias lo señalan las corrientes mayoritarias que se manifiestan y se movilizan en las poblaciones a través de representantes elegidos periódicamente mediante convocatorias electorales. Una vez designadas las candidaturas que más respaldo han tenido entre la población que participa en los comicios se escoge, atendiendo a la proporcionalidad, quiénes han de formar el gobierno por el período convenido y éste legislará y gobernará la vida pública de la nación siguiendo las directrices que le valieron el apoyo mayoritario de los electores en las urnas.
Características de los modelos democráticos existentes
4. Indirecta o representativa
Es un sistema que tiene su origen en la Europa occidental. Fue influenciado por derechos como el Romano, Canónico y Germánico.
El primer país que tomo el modelo continental fue Francia y luego siguieron Alemania e Italia.
Características
Es cimentado por las reglas de los poderes Legislativos y Ejecutivo.
Solo se da en Estados legítimos demócratas.
A diferencia del Derecho Anglosajón el derecho Continental la jurisprudencia Solo permite la interpretación de las normas que están en vigencia.
Las fuentes del Derecho Continental son:
1.La Constitución.
2.La LEY.
3.La Jurisprudencia.
4.El Acto Jurídico.
5.Los Principios Generales del Derecho.
6.La Doctrina
A lo largo de la historia hemos constatado que la democracia es el menos malo de los sistemas de gobierno. El rumbo de la sociedad en las democracias lo señalan las corrientes mayoritarias que se manifiestan y se movilizan en las poblaciones a través de representantes elegidos periódicamente mediante convocatorias electorales. Una vez designadas las candidaturas que más respaldo han tenido entre la población que participa en los comicios se escoge, atendiendo a la proporcionalidad, quiénes han de formar el gobierno por el período convenido y éste legislará y gobernará la vida pública de la nación siguiendo las directrices que le valieron el apoyo mayoritario de los electores en las urnas.
LA CONSTRUCCIÓN DE LA ESPAÑA
DEMOCRÁTICA
La Transición española es el período de la historia contemporánea de España en el que se llevó a cabo el proceso por el que el país dejó atrás el régimen dictatorial del general Francisco Franco y pasó a regirse por una Constitución que restauraba la España democrática.
Transición a la democracia.
La muerte del dictador y general Francisco Franco, el 20 de noviembre de 1975, marcó el inicio de la Transición Española hacia la democracia representativa.
La soberanía corresponde al pueblo español, es decir, a todos los españoles, de él derivan los poderes del estado: legislativo, ejecutivo, judicial. Establece una monarquía parlamentaria y un sistema de gobierno basado en la representación parlamentaria.
RESUMEN
Presidentes constitucionales del Gobierno de España
Presidente | Partido | Legislaturas | Mandato | |
---|---|---|---|---|
1. | Adolfo Suárez | UCD | 1 | 2 de abril de 1979 - 26 de febrero de 1981 |
2. | Leopoldo Calvo-Sotelo | UCD | 1 | 26 de febrero de 1981 - 2 de diciembre de 1982 |
3. | Felipe González | PSOE | 4 | 2 de diciembre de 1982 - 5 de mayo de 1996 |
4. | José María Aznar | PP | 2 | 5 de mayo de 1996 - 17 de abril de 2004 |
5. | José Luis Rodríguez Zapatero | PSOE | 2 | 17 de abril de 2004 - 21 de diciembre de 2011 |
6. | Mariano Rajoy | PP | 3 | 21 de diciembre de 2011 - Actualidad |
La Constitución Española de 1978 es la norma suprema del ordenamiento jurídico español, a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos de España,2 en vigor desde el 29 de diciembre de 1978. El primer proyecto de Constitución, que fue sometido a referéndum, fue ratificado el día 6 de diciembre de 1978 por el 87,78 % de votantes que representaba el 58,97 % del censo electoral,19 siendo así la única constitución de la historia de España que ha sido refrendada y aprobada por el pueblo español mediante referéndum.
Dos días después de la muerte de Franco, Don Juan Carlos I fue proclamado rey de España, quien había sido designado por el dictador, en virtud de lo estipulado en la Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado de 1947.
En julio de 1976 se produce el cese del Presidente Carlos Arias Navarro tras rechazar las Cortes su Plan para la reforma política. La posterior formación de un Gobierno presidido por Adolfo Suárez González, designado por el Rey según la legislación vigente, sería la que conseguiría abrir el periodo constituyente
ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE ESPAÑA
Tras los pactos autonómicos de 1981 y 1992, España se vertebra en 17 comunidades autónomas, incluyendo una comunidad foral, y dos ciudades autónomas. Cada comunidad autónoma está formada por una o varias provincias hasta un total de 50 en todo el territorio nacional. A su vez, cada provincia está dividida en un número variable de municipios que en toda España suman un total de 8118.
Tras la Guerra Civil Española y la instauración del Régimen franquista en 1939, el Estado se constituyó en una dictadura de carácter personalista y centralista que vació de poder a las Cortes, suprimió los Derechos Fundamentales y los partidos políticos, e incluso careció de Constitución, sustituida por las denominadas Leyes Fundamentales del Reino que configuraban la llamada Democracia orgánica, muy alejada en forma y fondo de las democracias liberales.
1. Democracia directa
Es el tipo de democracia más deseada y todavía anhelada en los países superpoblados ya que la democracia directa suele ser implementada en espacios de pocos habitantes, al ser este un sistema de participación directa, tal y como su nombre indica, sin intermediarios ni representantes. Normalmente los debates y decisiones son instrumentalizadas mediante el sistema asambleario.
2. Liberal
La democracia liberal es común dentro del mundo Occidental, cuyo sistema está definido por la elección de los gobernantes mediante votación (sufragio), aquellos representantes donde están sujetos a un Estado de Derecho, a unas leyes y Constitución que han emanado del pueblo igual.
En este tipo de democracia los ciudadanos disfrutan de derechos y libertades, tanto individuales como a nivel colectivo, pluralismo democrático, tolerancia política, social y religiosa. La alternancia en el poder es otro requisito fundamental de este modelo. Además, existe un sistema de control a los gobernantes que les monitorea la calidad del mandato.
3. Democristiana
La democracia democristiana fue muy extendida en algunos países europeos en el siglo XX, en países como Alemania, Irlanda o Italia. Ella consiste en regir las leyes de la vida pública con los mandamientos y valores de la religión cristiana, incluyendo a católicos y protestantes.
4. Indirecta o representativa
Democracia indirecta o conocida también como representativa, es la más implementada en la actualidad. Aquí los ciudadanos eligen a diferentes perfiles políticos (presidentes, delegados, alcaldes, senadores, diputados) para que los representen en la vida pública y en las decisiones políticas.
5. Parcial
La democracia parcial hace referencia a los sistemas políticos donde los poderes del pueblo están bien limitados en la esfera y actividades políticas (poder de decisión). Cumplen con los requisitos básicos de cualquier democracia como elecciones, libertad de expresión y pluralidad de partidos, pero los conciudadanos no gozan de acceso real a las administraciones del Estado.
Por otro lado, este tipo de democracia acostumbra a ser personalista y el partido en el poder cuenta con mecanismos para reforzar o aumentar su capacidad ejecutiva y legislativa por encima del parlamento y la Constitución del país en cuestión.
6. Popular
Es quizás el tipo de democracia más controvertido y de compleja naturalidad. Se dice de los gobiernos populares aquellos que han roto sus lazos con el imperialismo, colonialismo o han conseguido su independencia mediante la resistencia (armada en algunos casos) popular para con el invasor.
Estos sistemas son de carácter socialista y progresista, y el partido del gobierno ostenta hegemonía, nacionaliza empresas y se opone a la Globalización. Fueron ideados por la antigua Unión Soviética, y se implementaron en los países de su influencia, denominados estados satélites.
El modelo anglosajón
El enorme éxito del mundo anglosajón. De él, en especial de Usa –desde luego–, pero también de Gran Bretaña, Australia o Canadá, procede hoy, con gran diferencia, lo que llamamos cultura occidental. Y también su voluntad de resistencia, traicionada de forma vergonzosa por una Europa continental resentida e inepta, intelectualmente mellada desde la II Guerra Mundial. Por supuesto, también sale de allí mucha basura, es inevitable, pero el balance no ofrece dudas: la ciencia, el pensamiento, el arte o las manifestaciones de cultura popular, o vienen directamente de Anglosajona o están muy influidas y condicionadas por sus tendencias. El inglés se ha convertido en un verdadero idioma mundial.
Modelo continental europeo
Es un sistema que tiene su origen en la Europa occidental. Fue influenciado por derechos como el Romano, Canónico y Germánico.
El primer país que tomo el modelo continental fue Francia y luego siguieron Alemania e Italia.
Características
Es cimentado por las reglas de los poderes Legislativos y Ejecutivo.
Solo se da en Estados legítimos demócratas.
A diferencia del Derecho Anglosajón el derecho Continental la jurisprudencia Solo permite la interpretación de las normas que están en vigencia.
Las fuentes del Derecho Continental son:
1.La Constitución.
2.La LEY.
3.La Jurisprudencia.
4.El Acto Jurídico.
5.Los Principios Generales del Derecho.
6.La Doctrina
La construcción de la España democrática
La imagen de la historia está unida a la reconstrucción de la identidad de un colectivo en correspondencia con los intereses, los problemas y los temores de cada momento. Esto ocurre con la vigencia que la fecha de 1936 tiene en la historia reciente de España. No obstante el afán público por superar las fracturas entre vencedores y vencidos, lo cierto es que el recuerdo de la guerra civil, inseparable de las responsabilidades en la dictadura franquista, todavía forma parte de la memoria colectiva de muchos españoles
La Constitución Española. Principios.
Los 9 artículos del Título Preliminar de la Constitución española contienen los principios constitucionales, es decir, los principios fundamentales del orden jurídico-político que configuran el estado.
La definición de España es que es un Estado social y democrático de derecho:
- Estado de derecho : Se basa en el principio de legalidad. Las instituciones se organizan según el principio de división de poderes y de la pronunciación de una serie de derechos y libertades constitucionales a los ciudadanos que obligan a todos los poderes y que a su vez los poderes se comprometen a garantizar.
- Estado democrático: se define como aquel en el que el pueblo, depositario de la soberanía nacional, elige a sus representantes. A través del sufragio universal y los derechos colectivos como los de asociación.
- Estado social: aquel que garantiza a sus ciudadanos el ejercicio real de los derechos sociales, prestándole protección en determinados ámbitos como la vivienda, la enseñanza o la sanidad. Manifestado en el reconocimiento del derecho de participación de los ciudadanos en la formación de la voluntad política de los gobernantes y la inclusión de toda una serie de derechos de contenido económico y social.
El modelo
representativo.
En este documento se exponen las bases del modelo representativo como una propuesta en sustitución del actual sistema político.
El modelo representativo se sirve de los representantes para formar una mesa representativa que REPRESENTA y ADMINISTRA a modo de asamblea el funcionamiento de un estrato concreto de la sociedad.
Habría 5 estratos diferentes, a ser:
– REPRESENTACIÓN BARRIAL
– REPRESENTACIÓN LOCAL
– REPRESENTACIÓN COMARCAL
– REPRESENTACIÓN PROVINCIAL
– REPRESENTACIÓN NACIONAL
– REPRESENTACIÓN LOCAL
– REPRESENTACIÓN COMARCAL
– REPRESENTACIÓN PROVINCIAL
– REPRESENTACIÓN NACIONAL
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